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Proyectos topográficos y cartográficos

Estudios analíticos de replanteo. Control geométrico de estructuras. Certificación de superficies, de fincas y solares para inscripción en el registro.

Dirección, control y replanteo geométrico de infraestructuras.

Parcelaciones,deslindes amojonamientos y mediciones.

Estudios de viabilidad y trazado de vías de comunicación, líneas eléctricas, de fluidos. 

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Diego Manuel
                   Gómez Matas

   El 27 de Febrero de 2007, la Dirección General de Catastro dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda, y el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Topografía, firman un convenio para el establecimiento de un Punto de Información Catastral, así como para el mutuo intercambio de información gráfica de bienes inmuebles urbanos y rústicos.

   Desde su firma, este Estudio, ha asumido el compromiso de su ejecución, llevando a término con éxito el máximo número de expedientes de regularización catastral que permite el ritmo administrativo.

   Cuando un propietario detecta que la superficie asignada por la Gerencia de Catastro no coincide con el título de propiedad (escritura), o bien que la superficie asignada por Catastro no es igual a la superficie que la propiedad estima poseer, podremos realizar el proceso que Catastro ha establecido para admitir a trámite el expediente  y resolverlo en un plazo máximo de 6 meses. Este procedimiento se conoce como “Subsanación de Discrepancias Catastrales”.

    El proceso a seguir a la hora de llevar a cabo la regularización de un bien inmueble es el siguiente:

 Trabajos de oficina:

 1-Investigación y análisis documental en Registros de la Propiedad  y centros de archivos públicos y/o municipales.

 2-Investigación y análisis jurídico del expediente de causa: Expropiaciones, Reversiones, Adquisiciones directas, Cesiones, Donaciones al Estado, Afectaciones, Permutas.

  Trabajos de campo:

 1- Visita al inmueble para realizar la toma de datos necesaria para completar la medición  topográfica¹. La medición  topográfica se efectuará realizando el acto de deslinde del inmueble a regularizar con el resto de inmuebles colindantes.

     En dicho acto de deslinde se citan y presentan los colindantes del inmueble que nos ocupa. Cada uno de los colindantes deberá de presentarse con DNI para acreditar su identidad y escritura o nota simple para acreditar la propiedad de cada una de las fincas colindantes. Una vez analizada la documentación de cada uno de ellos comienza la medición topográfica¹ para obtener las lindes y superficie del inmueble a regularizar con la participación y conformidad del propietario y de cada uno de los colindantes (acto de deslinde). Se materializarán si fuera necesario los puntos de inflexión de los linderos dejando constancia de por donde se realizó la medición topográfica¹.

 Medición topográfica¹: Previo enlace con la Red Geodésica Nacional se realizará un levantamiento topográfico del perímetro de la finca y elementos susceptibles de medición de la misma. El sistema de referencia utilizado será el ETRS 89. El sistema de coordenadas utilizado será UTM (Universal Transversal Mercator) zona 30º Norte y Datum European Terrestrial Reference System de 1989.  Tras obtener las coordenadas UTM de la base con GPS se utilizará el método de       GPS-RTK en Tiempo Real para calcular puntos determinantes con precisión centimétrica (1 ó 2 cm + 1ppm). El aparato que se utilizará será GPS Trimble 5800 RTK. En medición de interiores de viviendas se utilizará una Estación Total Trimble 5603 DR Estándar Robótica, con la que se realizarán las poligonales necesarias para la correcta medición del inmueble. 

    El resultado tras el proceso de regularización del inmueble será obtener una superficie real y actual, actualizando la cartografía catastral con la realidad física y actual y jurídica. La información alfanumérica también será modificada de la siguiente forma:

- Actualización de titular/es catastral/es con asignación, si hubiera, del porcentaje de participación de cada titular catastral sobre cada una de las fincas;

- Actualización de la superficie de suelo y calificación catastral (tipo de suelo y uso) y posteriormente la asignación de un correcto y actualizado valor catastral;

  Todas las actuaciones realizadas en el proceso de regularización irán acompañadas de cualquiera que sea ladeclaración catastral necesaria tales como:

-Modelo 901N: Alteración de la titularidad y variación de la cuota de participación en bienes inmuebles.

-Modelo 902N: Nueva construcción, ampliación, reforma o rehabilitación de bienes inmuebles.

-Modelos 903N: Agregación,  agrupación, segregación o división de bienes inmuebles.

-Modelo 904N: Cambio de cultivo o aprovechamiento, cambio de uso o demolición o derribo de bienes inmuebles.

   Estudio de Topografía Diego Gómez, dado su carácter de medio propio y servicio técnico general, puede ser contratado tanto como personas particulares como  por cualquier órgano, organismo o entidad, incluidas las empresas públicas o Registros de la Propiedad.

  Gracias a los excelentes medios técnicos empleados y a su gran capacidad de gestión, Estudio de Topografía Diego Gómez, puede abarcar desde bienes inmuebles individuales hasta grandes áreas de actuación donde en el proceso de regularización existan múltiples bienes inmuebles.

   Contáctenos y consulte cualquier tipo de duda sin coste alguno. Solicítenos presupuesto sin ningún tipo de compromiso a través de los teléfonos de contacto o bien rellenando el apartado existente en nuestra página web:

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